- Exime por unanimidad a los agentes al considerar que no incurrieron en un delito de allanamiento de morada al entrar a la fuerza al inmueble ante la existencia de un delito flagrante

El jurado popular que ha enjuiciado durante las últimas dos semanas a dos de los agentes de la Policía Nacional que irrumpieron por la fuerza en marzo de 2021 en una vivienda en Madrid en la que se celebraba una fiesta en la que se incumplían las restricciones del estado de alarma les ha eximido de responsabilidad penal. Por nueve votos a cero han acordado un veredicto de no culpabilidad, según ha informado en su cuenta de X Juan Antonio Frago, el abogado del subinspector que estuvo al mando del operativo policial. Los otros cuatro agentes que se sentaron en el banquillo fueron exonerados la semana pasada al ser retiradas la acusación contra ellos.
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