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El borrador de la sentencia del TC sobre Alberto Rodriguez afirma que el Supremo vulnero dos de sus derechos

Publicado: Octubre 20, 2023, 4:32 pm
por IDOLO
La ponencia de María Luisa Segoviano supone un varapalo al juez Marchena, por haber impuesto una pena accesoria desproporcionada que motivó la pérdida del escaño del exdiputado de Podemos, cuyos derechos a la participación política y a la legalidad penal fueron vulnerados.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) de la semana que viene abordará por fin el caso de Alberto Rodríguez, el exdiputado de Podemos que perdió su escaño por una condena de un mes y medio de prisión por pegar una patada a un agente de Policía durante una manifestación.

El TC resolverá primero el recurso de amparo por la sentencia del Tribunal Supremo, y en fecha aún por determinar abordará el segundo recurso, por la pérdida de su escaño.


La magistrada ponente del primer recurso, María Luisa Segoviano, considera que la condena impuesta por la Sala Segunda del Supremo fue desproporcionada y que vulneró dos derechos de Alberto Rodríguez: el derecho a la legalidad penal en relación con el derecho de participación política, según ha podido saber Público de fuentes del TC.

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El núcleo de la ponencia se centra en que la pena de prisión, impuesta en octubre de 2021, de un mes y medio de cárcel no existe en el ordenamiento jurídico, ya que la duración mínima de una condena de prisión en España es de tres meses. Por eso la Sala Segunda no tuvo más remedio que sustituir esa pena de un mes y medio de prisión a Alberto Rodríguez por la de una multa de 540 euros.

El Supremo rebajó en dos grados la pena de Rodríguez por las dilaciones de ocho años, ya que los hechos juzgados databan de 2014.

Según ha podido saber este diario, el borrador considera que una pena de cárcel tan nimia que no llegó a existir no se correspondería con una pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, que provocó finalmente la pérdida del escaño.

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Por otro lado, la ponente hace hincapié en que también se vio afectado el derecho de los electores de Alberto Rodríguez, que se quedaron sin representación en el Congreso de los Diputados, según indican fuentes del TC.

Estimación parcial
La sentencia propuesta no estima por completo el recurso de Rodríguez, en concreto rechaza los motivos que alegó sobre la falta de imparcialidad de Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda del Supremo.

Pese a no compartir la interpretación de sus antiguos compañeros del Supremo, la magistrada Segoviano cree que las actuaciones no deben retrotraerse al momento procesal previo a la sentencia resultante, es decir, que no ordena al alto tribunal repetir el fallo judicial. El motivo es que la sentencia ya se cumplió en el momento en que Rodríguez abonó la multa.

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La sentencia propuesta por Segoviano declara la nulidad de la sentencia del Supremo en lo referente a los efectos extrapenales que tuvo, es decir, a la inhabilitación que forzó la pérdida del escaño de Alberto Rodríguez.

La ponencia, si finalmente resulta aprobada, supone un varapalo al juez Marchena, cuya interpretación sobre la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena fue desproporcionada, según el criterio de la magistrada del TC.

El escaño de Rodríguez, en otra sentencia
La magistrada María Luisa Balaguer redactará la ponencia sobre el recurso de Rodríguez contra la decisión de Meritxell Batet, expresidenta del Congreso, de retirarle el escaño. Según adelantan fuentes del tribunal de garantías, será una sentencia estimatoria.

Hay que recordar que el presidente de la Sala Segunda contestó por escrito a la presidenta del Congreso de los Diputados, Maritxell Batet, en relación a "si procede declarar la pérdida de condición de diputado" de Alberto Rodríguez una vez dictada la sentencia condenatoria.

Marchena dijo que la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo era una pena accesoria "obligada", según el artículo 56.1.2 del Código Penal, cuando se imponga una pena privativa de libertad, "como ha sucedido en el presente caso". Ahora, el TC podría corregirle en ese sentido, porque la pena de prisión, en el caso de Rodríguez, no existió nunca, ya que no llegaba al mínimo legal de tiempo.

Batet finalmente accedió a lo indicado por el magistrado Manuel Marchena y procedió a la retirada del escaño de Rodríguez, el 22 de octubre de 2021.
Imagen
https://www.publico.es/politica/borrado ... ile-medium

¿Y ahora que hacemos con Marchena y Batet? ¿Se van de rositas? El daño ya está hecho.

Es lo que hay en éste país de chinchinabo.

Re: El borrador de la sentencia del TC sobre Alberto Rodriguez afirma que el Supremo vulnero dos de sus derechos

Publicado: Octubre 20, 2023, 8:17 pm
por Marta
Fue un montaje policial en toda regla, como tantos otros. "Una patada" que nadie vio y de la que no existe prueba alguna, tan sólo el testimonio del policía, que de primeras afirmó haber recibido también un golpe en la mano para después desmentirlo. Menuda credibilidad.

Lawfare total. Vivimos en un país donde las fuerzas de seguridad pueden inventarse cualquier cosa amparados, además, por una impresentable ley mordaza que el partido "socialista y obrero" por excelencia no quiere derogar.

Esperemos que la actual mayoria progresista del Tribunal Constitucional sirva de algo.

Re: El borrador de la sentencia del TC sobre Alberto Rodriguez afirma que el Supremo vulnero dos de sus derechos

Publicado: Octubre 20, 2023, 8:20 pm
por Marta
¿Y ahora que hacemos con Marchena y Batet? ¿Se van de rositas? El daño ya está hecho.

Es lo que hay en éste país de chinchinabo.


Son tal para cual. Pues pasará lo de siempre, ni disculpas ni consecuencia alguna. Aquí no sucedió nada. Made in Spain.

Re: El borrador de la sentencia del TC sobre Alberto Rodriguez afirma que el Supremo vulnero dos de sus derechos

Publicado: Octubre 21, 2023, 11:51 am
por Daro
Es la táctica de los hechos consumados.

Re: El borrador de la sentencia del TC sobre Alberto Rodriguez afirma que el Supremo vulnero dos de sus derechos

Publicado: Octubre 21, 2023, 11:58 am
por IDOLO
¡Menudo país el nuestro! Se dice que hay democracia porque se vota, y de los resultados tampoco me fío sobre todo a nivel nacional con INDRA como empresa responsable del recuento.

El ex Jefe del Estado viviendo en un país donde los DDHH brillan por su ausencia para no tener que pagar al fisco, y encima el fisco le avisa para que no caiga en delito penal, y encima Hacienda le permite pagar dos regularizaciones cuando solo se permite una a cada ciudadano, y encima le pagamos los escoltas.

Del actual no tenemos ni repajolera idea a que dedica su tiempo libre, y por no saber no sabemos ni donde pasa sus vacaciones.

De los presidentes y expresidentes Aznar, Gonzalez, Rajoy y el mismo Sánchez mejor no hablar. Eso sí estamos en un gobierno ""progresista"" que no se nos olvide, aunque lo que tenemos que ver chirría bastante con ese calificativo. Solo cito el ejemplo las muertes en suelo español en la valla de Melilla sin aclarar, de lo de Pegasus sin aclarar, de lo de las balas en cartas a ministros sin aclarar....En fin...no sigo.

Re: El borrador de la sentencia del TC sobre Alberto Rodriguez afirma que el Supremo vulnero dos de sus derechos

Publicado: Octubre 27, 2023, 5:25 pm
por IDOLO
La revancha de Alberto Rodríguez: el TC apuesta por darle la razón dos años después de ser expulsado del Congreso
Aunque el bloque mayoritario apuesta por conceder el amparo, hay discrepancias sobre el hecho de que el fallo se centre en la falta de proporcionalidad de la pena del Supremo

La ponente, Maria Luisa Segoviano, trabajará de nuevo el borrador de sentencia para introducir cambios en busca de un mayor consenso



26 de octubre de 2023 17:32h
Actualizado el 26/10/2023 20:57h
@AlvaroSanCas
El Tribunal Constitucional pospone su pronunciamiento sobre el caso de Alberto Rodríguez. El Pleno del órgano ha decidido este jueves alargar un poco más el debate alrededor del recurso interpuesto por el exdiputado de Unidas Podemos contra la condena que el Tribunal Supremo le impuso por propinarle una patada a un policía durante una manifestación en La Laguna (Tenerife) en 2014, un castigo que derivó en la retirada de su escaño. La mayoría del Constitucional se inclina por estimar el recurso del exparlamentario y darle amparo. Ahora bien, no se ponen de acuerdo alrededor de los motivos sobre los que debe apoyarse dicha estimación. "La deliberación ha puesto de relieve que hay que repensar y matizar la sentencia", señalan las distintas fuentes pulsadas por infoLibre.

El Alto Tribunal condenó a Alberto Rodríguez en octubre de 2021 a un mes y quince días de prisión por un delito de atentado a agentes de la autoridad. Un castigo que, sin embargo, sustituyó por una multa de 540 euros. En concreto, la sentencia consideraba probado que en el curso de una protesta contra la Lomce, la ley educativa alumbrada durante la primera legislatura de Mariano Rajoy, el exdiputado golpeó en la rodilla a un agente de la Policía que, como consecuencia de la patada, "sufrió una contusión de la que curó en un día sin impedimento para sus actividades habituales". Siete años duró en total la causa contra Rodríguez. Y eso que era un caso, como reconoció el propio Supremo, que carecía de "cualquier complejidad".

No todos los magistrados de la Sala de lo Penal apoyaron este fallo. Dos de ellos emitieron un voto particular en el que defendían la absolución. Consideraban que la prueba practicada en el juicio estaba "muy lejos" de ser suficiente. Y recordaban que la condena se había sustentado sólo en el testimonio del agente agredido, que identificó al agresor en el juicio pero hizo una "singularmente lacónica descripción" sobre cómo se produjo la agresión. "Esta extrema parquedad del relato resulta, a nuestro parecer, muy relevante, en la medida en que mal puede valorarse la fiabilidad en la identificación del agresor, cuando ni siquiera conocemos si el agente dispuso de algún tiempo para reparar en su aspecto", señalaron los magistrados.

Aquella condena, además, llevaba aparejada la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que durase el castigo, dejando claro que el hecho de que la pena de cárcel fuera sustituida por una multa no afectaba al cumplimiento de la accesoria. Aquella decisión terminó provocando un enfrentamiento entre el Congreso de los Diputados y el Alto Tribunal. En un primer momento, la Cámara Baja decidió mantener el escaño de Rodríguez apoyándose en un informe de sus servicios jurídicos. Pero el Supremo no tardó en dar un toque de atención. Y en cuestión de horas, tras un cruce continuo de escritos, la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, cedió y comunicó al canario la retirada de su escaño.

Más de un año de espera y discrepancias
Este jueves, cuando se acaban de cumplir justo dos años de aquella decisión, en Domenico Scarlatti, sede del Tribunal Constitucional, se ha entrado por fin de lleno en el caso. Sobre la mesa, un recurso contra la sentencia del Supremo y una ponencia de la magistrada María Luisa Segoviano que consideraba que la condena impuesta por el Alto Tribunal quebraba el principio de proporcionalidad. Si algo ha puesto de manifiesto el largo debate en el seno del Pleno, según las fuentes jurídicas consultadas por este diario, es que el bloque mayoritario, el denominado progresista, se inclina por dar amparo al exdiputado de Unidas Podemos, frente a una minoría que considera "plenamente constitucional" la decisión impugnada.

Pero a pesar de que la mayoría apuesta por estimar el recurso de Rodríguez, no ha habido unanimidad en los motivos. "Hay debate", resaltan las fuentes jurídicas pulsadas. Algunos magistrados consideran que la estimación no debe apoyarse sobre la proporcionalidad, sino que tiene que basarse en la vulneración del principio de legalidad penal, remarcando que cuando la pena de cárcel fue reemplazada por una multa no se debió aplicar la inhabilitación. Las discrepancias en este sentido han llevado a Segoviano a recoger de nuevo la ponencia de la mesa para estudiar mejor el asunto y plantear un nuevo texto que suscite mayor consenso. "Hay que repensar y matizar la sentencia", apuntan fuentes conocedoras del contenido del debate.

El Constitucional admitió a trámite los recursos de amparo de Rodríguez en mayo de 2022. Sin embargo, ha sido necesario casi año y medio para que el Pleno del órgano de garantías entre a debatir sobre el primero de ellos, el que se centra en el Supremo. El asunto se fue retrasando una y otra vez. Primero, por la falta de renovación del TC. Luego, por la necesidad de ir resolviendo aquellos asuntos que llevaban años atascados en Domenico Scarlatti. Y, tras esto, llegó el ciclo electoral, con las elecciones autonómicas y generales del 23J. El adelanto electoral obligó al Constitucional a aplazar todos aquellos asuntos de gran calado político para evitar que interfiriesen en la campaña. Eso dilató el pronunciamiento sobre la reforma del CGPJ. Y, por supuesto, también el de Rodríguez.

Ahora, dos años después, todo apunta a que recibirá el amparo del Tribunal Constitucional. Será una suerte de victoria moral y un reconocimiento de que su expulsión del Congreso fue injusta. Otra cosa son, sin embargo, los efectos prácticos del fallo. Difícilmente se puede devolver a Rodríguez el escaño de una la legislatura que ya está muerta y enterrada tras los comicios del 23J. Un asiento que estuvo vacío durante meses, que tensó las relaciones entre los dos socios del Gobierno y en el que todo el mundo pensaba cada vez que se veía que una votación sería extremadamente ajustada. Un sillón sobre el que ha girado este jueves buena parte del Pleno del máximo intérprete de la Constitución.

https://www.infolibre.es/politica/tc-ve ... 22912.html

Si le dan la razón a Alberto Rodriguez ¿Cómo se resarcirá el daño causado? ¿Y los responsables? ¿De rositas? ¡Menudo país!