Infraviviendas "legales"
Publicado: Agosto 6, 2023, 12:24 am
IInfraviviendas legales: ¿cuáles son las condiciones mínimas de un piso?
En Barcelona, las viviendas anteriores a 1984 pueden ser de 15 m². En Madrid, el tamaño de las habitaciones se rige por una norma franquista de 1944.
La vivienda, con la aprobación de la nueva Ley por parte del Gobierno, ha sido uno de los temas que han jalonado la campaña de las elecciones municipales y autonómicas que se celebrarán este domingo. La principal novedad de la norma es la regulación del alquiler. Pero, ¿dónde y cómo vive la gente en España? Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2020 (última actualización disponible), el 19,7% de la población vivía en hogares con determinadas deficiencias en la vivienda. La cifra es muy superior a la de 2017, cuando alcanzó el punto más bajo de la serie histórica (11,5%), aunque inferior al 20,6% de 2004, primer año en el que se publicó esta estadística. Por comunidades y ciudades autónomas, los mayores porcentajes se daban en Ceuta (35%), Canarias (33,1%) y la Región de Murcia (26,3%).
La Real Academia Española define “infravivienda” como aquella “vivienda que carece de las condiciones mínimas para ser habitada”. ¿Y cuáles son esas condiciones mínimas? Como se puede leer en esta respuesta parlamentaria de 2017, el INE no recoge este concepto. Queda en manos de los gobiernos autonómicos y de los ayuntamientos establecer cuáles son esos requisitos para que una casa sea considerada habitable. Además de lo estipulado, sobre todo en materia de seguridad y salubridad, en el Código Técnico de Edificación.

https://www.lamarea.com/2023/05/26/infr ... e-un-piso/
En Barcelona, las viviendas anteriores a 1984 pueden ser de 15 m². En Madrid, el tamaño de las habitaciones se rige por una norma franquista de 1944.
La vivienda, con la aprobación de la nueva Ley por parte del Gobierno, ha sido uno de los temas que han jalonado la campaña de las elecciones municipales y autonómicas que se celebrarán este domingo. La principal novedad de la norma es la regulación del alquiler. Pero, ¿dónde y cómo vive la gente en España? Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2020 (última actualización disponible), el 19,7% de la población vivía en hogares con determinadas deficiencias en la vivienda. La cifra es muy superior a la de 2017, cuando alcanzó el punto más bajo de la serie histórica (11,5%), aunque inferior al 20,6% de 2004, primer año en el que se publicó esta estadística. Por comunidades y ciudades autónomas, los mayores porcentajes se daban en Ceuta (35%), Canarias (33,1%) y la Región de Murcia (26,3%).
La Real Academia Española define “infravivienda” como aquella “vivienda que carece de las condiciones mínimas para ser habitada”. ¿Y cuáles son esas condiciones mínimas? Como se puede leer en esta respuesta parlamentaria de 2017, el INE no recoge este concepto. Queda en manos de los gobiernos autonómicos y de los ayuntamientos establecer cuáles son esos requisitos para que una casa sea considerada habitable. Además de lo estipulado, sobre todo en materia de seguridad y salubridad, en el Código Técnico de Edificación.

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